La Asamblea Legislativa rechaza reformar el Código Penal para eximir de responsabilidad penal a quienes consientan o realicen un aborto.

AGENCIAS.

La Asamblea Legislativa de El Salvador rechazó el miércoles reformar el Código Penal para eximir de responsabilidad penal a quienes consientan o realicen un aborto, cerrando así las puertas para permitirlo incluso cuando la vida de la mujer está en riesgo.

Con los votos de 73 de los 84 diputados, el Congreso unicameral rechazó la solicitud presentada por organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres para reformar el artículo 133 del Código Penal para autorizar el aborto en tres causales: cuando la vida de la mujer esté en riesgo, cuando la vida del feto sea inviable y cuando el embarazo sea producto del estupro o violación en mujeres y menores de edad.

«Esta reforma es inconstitucional. Aquellos colectivos que se aprovechan de las mujeres organizadas para sacarlas en marchas, ya basta. La reforma al 133 jamás va a garantizar el aborto porque es tan inconstitucional desde el artículo 1 de la Constitución», dijo tajantemente la diputada Marcela Pineda, del partido oficialista Nuevas Ideas.

«Me parece que el aborto debería ser penalizado más drásticamente porque aún hoy en día sigue habiendo muchos abortos clandestinos», agregó el diputado Guillermo Galles del partido Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA):

Los diputados argumentaron su rechazo señalando que, en una sentencia de amparo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia del año 2013 «existe un impedimento absoluto para autorizar la práctica de un aborto para contrariar la protección constitucional que se otorga a la persona humana desde el momento de la concepción».