476 votos a favor durante la sesión fueron los que avalaron los cambios, mismos que son dirigidos a priorizar el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

AGENCIAS.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó la modificación del artículo 282 del Código Civil Federal, el cual indica que tras efectuarse un divorcio, la custodia de los niños menores de 7 años es automática para la madre.

476 votos a favor durante la sesión fueron los que avalaron los cambios, mismos que son dirigidos a priorizar el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Informaron que aprobaron por unanimidad la reforma del artículo, enfocándose sobre todo en el bienestar de la niñez durante el proceso del divorcio, turnando el tema al Senado de la República para su seguimiento.

ÚltimaHora El Pleno aprueba, por unanimidad, reformar el artículo 282 del Código Civil Federal, en materia de atención al interés superior de la niñez durante el proceso de divorcio. Se turnó al @senadomexicano pic.twitter.com/J9jFyWUnmf

— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) February 3, 2022
Actualidad
Asegurando que esta reforma esta enfocada en el bienestar de los niños, la diputada de Movimiento Ciudadano, Taygete Rodríguez, señaló que se dirige a la realidad de las mujeres hoy en día.

Señaló que a día de hoy las mujeres tienen gran participación en el mundo laboral, por lo que la custodia automática no atiende a las necesidades de todas las familias.

Aprobada
La descripción de la reforma es: Eliminar la disposición que establece que automáticamente los menores de 7 años deberán quedar al cuidado de la madre durante el proceso de divorcio.

El dictamen de la reforma sobre la custodia de los hijos derogó la fracción VI del artículo 282 del Código Civil Federal que indica «“salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos, los menores de siete años deberán quedare al cuidado de la madre”.

Esta reforma respalda al principio de igualdad, ya que actualmente tras el divorcio se designa la custodia legal de los hijos de forma automática a la madre cuando son menores de siete años, por lo que se vulnera el principio del interés superior de la niñez.

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